{"id":727,"date":"2021-05-11T14:46:42","date_gmt":"2021-05-11T20:46:42","guid":{"rendered":"https:\/\/revistagasolineros.com\/?p=727"},"modified":"2021-05-11T14:46:45","modified_gmt":"2021-05-11T20:46:45","slug":"cobertura-de-poliza-de-riesgos-de-trabajo-a-colaboradores-de-las-estaciones-de-servicio-en-teletrabajo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistagasolineros.com\/index.php\/2021\/05\/11\/cobertura-de-poliza-de-riesgos-de-trabajo-a-colaboradores-de-las-estaciones-de-servicio-en-teletrabajo\/","title":{"rendered":"Cobertura de p\u00f3liza de riesgos de trabajo a colaboradores de las estaciones de servicio en Teletrabajo."},"content":{"rendered":"\n<p>En el \u00faltimo a\u00f1o la modalidad de trabajo fuera de las instalaciones de la empresa (Teletrabajo) se ha convertido en una opci\u00f3n para algunos colaboradores de las estaciones de servicio. Por eso se promulg\u00f3 una ley en el pa\u00eds que regula esta modalidad de trabajo e incluso puede tener repercusi\u00f3n en la aplicaci\u00f3n de coberturas de seguros a nuestros empleados.<\/p>\n\n\n\n<p>La ley en menci\u00f3n es la Ley para regular el teletrabajo N\u00b0 9738, que detalla una serie de aspectos de gran relevancia en la relaci\u00f3n patrono \u2013 empleado en teletrabajo. Entre estos aspectos a tomar en cuenta est\u00e1n:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Si el trabajador no fue contratado en modalidad de teletrabajo se debe suscribir un acuerdo voluntario entre ambas partes en las que se establecer\u00e1n las condiciones para la realizaci\u00f3n de las funciones.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>El Horario del trabajador podr\u00e1 ser flexible, siempre y cuando sea previamente aprobado y no afecte la realizaci\u00f3n de las labores.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Los criterios de medici\u00f3n, evaluaci\u00f3n y control de la persona teletrabajadora ser\u00e1n previamente determinados en el acuerdo o adenda a suscribir, y deber\u00e1n ser proporcionales a los aplicados en su centro de trabajo.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>La incorporaci\u00f3n a la modalidad del teletrabajo es voluntaria tanto para la persona trabajadora como para la persona empleadora. La persona empleadora tiene la potestad de otorgar y revocar la modalidad de teletrabajo, cuando as\u00ed lo considere conveniente, con fundamento en las pol\u00edticas y los lineamientos emitidos al efecto; dicha revocatoria deber\u00e1 plantearse con al menos diez d\u00edas naturales de anticipaci\u00f3n y aplica \u00fanicamente cuando la modalidad de teletrabajo haya sido acordada con posterioridad al inicio de la relaci\u00f3n laboral.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>No podr\u00e1 utilizarse el teletrabajo como medio para propiciar tratos discriminatorios en perjuicio de las personas trabajadoras. Las personas teletrabajadoras tienen el mismo acceso a la formaci\u00f3n y a las oportunidades de desarrollo de la carrera administrativa y profesional que sus hom\u00f3logos que laboran en las instalaciones f\u00edsicas de la persona empleadora.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>En los casos en que la modalidad de teletrabajo sea una condici\u00f3n acordada desde el inicio de la relaci\u00f3n laboral, la persona teletrabajadora no podr\u00e1 exigir posteriormente realizar su trabajo en las instalaciones f\u00edsicas de la persona empleadora, a no ser que las partes de com\u00fan acuerdo modifiquen lo inicialmente pactado.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p>Estos aspectos son importantes, ya que la aplicaci\u00f3n de la p\u00f3liza de riesgos del trabajo no se circunscribe a la planta f\u00edsica de la empresa. Sino que tambi\u00e9n puede cubrir a aquellas personas que realizan labores en modalidad de teletrabajo, pero se deben cumplir lo estipulado en la ley para poder aplicar esta cobertura.<\/p>\n\n\n\n<p>En base a lo dicho en el p\u00e1rrafo anterior, se consideran riesgos de trabajo en la modalidad de teletrabajo, los accidentes y las enfermedades que ocurran a los teletrabajadores con ocasi\u00f3n o a consecuencia del teletrabajo que desempe\u00f1en en forma subordinada y remunerada, as\u00ed como la agravaci\u00f3n o reagravaci\u00f3n que resulte como consecuencia directa, inmediata e indudable de esos accidentes y enfermedades. Es decir que toda lesi\u00f3n o enfermedad que el colaborador tenga y\/o se agrave durante sus labores en Teletrabajo podr\u00e1n ser cubiertas por la P\u00f3liza respectiva.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo no se reconocer\u00e1n como riesgos del trabajo los estipulados en el art\u00edculo 199 del c\u00f3digo de trabajo que nos indica que no constituyen riesgos del trabajo cubiertos por este T\u00edtulo, los que se produzcan en las siguientes circunstancias, previa la comprobaci\u00f3n correspondiente:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" type=\"a\"><li>Los provocados intencionalmente, o que fueren el resultado o la consecuencia de un hecho doloso del trabajador.<br><br><\/li><li>Los debidos a embriaguez del trabajador o al uso, imputable a \u00e9ste, de narc\u00f3ticos, drogas hipn\u00f3genas, tranquilizantes, excitantes; salvo que exista prescripci\u00f3n m\u00e9dica y siempre que haya una relaci\u00f3n de causalidad entre el estado del trabajador, por la ebriedad o uso de drogas, y el riesgo ocurrido.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n hay que ser claros que los accidentes acontecidos en mi casa, pero que no tienen relaci\u00f3n con mi trabajo no se pueden reportar como accidente laboral. Por ejemplo me cort\u00e9 un dedo al hacer un arreglo en la casa o tuve una ca\u00edda mientras podaba un \u00e1rbol (labores sin relaci\u00f3n a mi trabajo), no se podr\u00e1n cubrir por esta p\u00f3liza.<\/p>\n\n\n\n<p>El proceso para activar la p\u00f3liza es el que ya conocemos, primero se debe informar al patrono de la situaci\u00f3n que ocurri\u00f3 (accidente o agravamiento de dolencia), el patrono debe reportar al INS por medio de la plataforma virtual lo acontecido para la aplicaci\u00f3n de la p\u00f3liza y una vez que se hace esto el colaborador podr\u00e1 presentarse al centro de atenci\u00f3n m\u00e9dica para que reciba atenci\u00f3n m\u00e9dica.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso del COVID-19, es dif\u00edcil establecer claramente la relaci\u00f3n del contagio y el trabajo si \u00e9ste ocurri\u00f3 en la vivienda o fuera de esta, ya que tambi\u00e9n podr\u00eda haber ocurrido en un sitio no relacionado con sus labores o en alguna visita ocasional a la empresa.<\/p>\n\n\n\n<p>La persona colaboradora, evidentemente, debe reportar su situaci\u00f3n a la empresa. Se verifica si visit\u00f3 la oficina, se establece si tuvo contactos con otras personas y se aplica el protocolo. Si se otorgada la incapacidad la persona no puede trabajar. Puede hacerlo si solamente hay sospecha y se le determina una cuarentena. Una vez que se determina la incapacidad, no debe cumplir ninguna tarea ni voluntariamente ni a solicitud del patrono.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el \u00faltimo a\u00f1o la modalidad de trabajo fuera de las instalaciones de la empresa (Teletrabajo) se ha convertido en una opci\u00f3n para algunos colaboradores de las estaciones de servicio. 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