Junta Directiva de la Cámara participó en arduas negociaciones para aclarar impacto del IVA en el Transporte

La Cámara de Empresarios del Combustible impulsó la iniciativa del gobierno de la República para que la Dirección General de Tributación Directa aclare los conceptos en relación con el Impuesto de Valor Agregado (IVA) y la prestación del servicio público, así́ como el impacto para el consumidor final.

Esto implica que la entidad deberá establecer las obligaciones de desempeño de cada uno de los actores en la cadena de distribución (Recope, transportistas y estaciones de servicio).

Esta información definirá que se mantiene el precio único, así́ como un rol establecido para cada uno de los actores.

Marcelo Guevara, Manager Deloitte

La Cámara en coordinación con la cartera de Hacienda mantendrá un ciclo de reuniones para analizar el impacto del IVA en el transporte y determinar mecanismos correctivos en situaciones que no cumplen con el propósito de este impuesto.

Las estaciones de servicio ratifican su misión de distribuir el combustible que vende Recope Y que por el ingreso que recibe no recae el impuesto del valor agregado no así el transporte que se gravó con ¢1.19 colones por litro.

Datos de interés:

El monto promedio otorgado por Recope para el transporte de combustible es 9,15 colones, al que en este momento se le está aplicando el impuesto de valor agregado que equivale a 1,19 colones. Considerando que la venta anual de combustible es 2,300 millones de litro al año, la recaudación de este tributo corresponde a 2,737 millones.

Esta carga tributaria debe aclararse, puesto que en este momento los distribuidores de combustible no pueden incluirla en su facturación, por lo tanto, los usuarios no podrán utilizarla como gasto en sus reportes contables. Lo que está generando descontento en grandes consumidores como por la Cámara insiste en que su principal interés es que se establezcan controles para que el impuesto del IVA al transporte cumpla el propósito y llegue a las arcas del Estado.

En este sentido, la forma en que en la que está incluyendo en el sistema, hace que se asuma como un ingreso en aquellas estaciones en la que los empresarios son dueños del transporte y se encuentran en la misma sociedad. Por lo tanto, aún queda pendiente establecer el mecanismo de liquidación que deberán utilizar los transportistas y distribuidores ante el fisco; la Cámara recomienda liquidar ese impuesto bajo la previsión de autoconsumo en la declaración D-104-2.

A la fecha, existe un trabajo operativo pendiente entre el Ministerio de Hacienda, la Dirección General de Tributación y la Cámara de Empresarios del Combustible para definir aspectos que permitan clarificar al consumidor que no va existir de ninguna manera variación de precios por la inclusión del IVA al transporte.