Cámara de Empresarios del Combustible apoya implementar fuertes penas ante robo de combustible

Por primera vez en la historia del país, las personas o grupos organizados involucrados con el robo y distribución ilegal de combustibles serán castigados con penas entre cuatro y cinco años de cárcel.

La Asamblea Legislativa aprobó el pasado 21 de mayo en segundo debate el proyecto número 21447, denominado “Ley para sancionar el apoderamiento y la importación ilegal de los combustibles derivados del petróleo, hidrocarburos o mezclas de hidrocarburos”, impulsado por el Diputado Víctor Morales Mora del Partido Acción Ciudadana (PAC).

La iniciativa propone elevar sustancialmente la pena de cárcel por daños y robos al poliducto del Estado, así como a la comercialización de combustibles sustraídos.

Principales sanciones:

  • Causar daño al Sistema Nacional de Combustibles será penado con cárcel de 6 meses a 4 años, y si el acto ocasiona un derrame la pena irá de 4 a 6 años.
  • El robo de hidrocarburos y sus derivados será castigado con cárcel de 5 a 15 años, mientras que el transporte y la distribución ilegal de hidrocarburos será castigado con cárcel de 1 a 4 años.
  • La importación ilegal de combustibles sin autorización de Recope acarreará una sanción de 3 a 5 años de prisión, mientras que el apoderamiento, alteración o manipulación ilegítima de marcadores de hidrocarburos se castigará con cárcel de 1 a 3 años.
  • Quien se apodere, altere o manipule ilegítimamente los sistemas o instrumentos de control de los combustibles será penado con cárcel de 3 a 8 años.
  • Quien conociendo el origen y sin haber tomado parte en la ejecución de las conductas punibles sancionadas en la ley, reciba, almacene, oculte o de cualquier otra forma tenga en su poder combustibles que provengan de la ejecución de alguno de esos delitos será penado con cárcel de 1 a 5 años.
  • Por otro lado, quien, conociendo el origen ilícito de procedencia, destine, autorice, tolere, facilite, bienes muebles o inmuebles para la sustracción, apoderamiento, adquisición, almacenamiento, transporte, conservación, tenencia, venta, ofrecimiento, suministro o comercialización a cualquier título, de combustibles será penado con cárcel de 2 a 5 años.

La Cámara de Empresarios del Combustible, tiene en sus registros que en el país operan cerca de 4000 tanques de autoconsumo al margen de la ley, por esta razón la entrada en vigor de la nueva normativa contribuirá a la evasión de impuestos y comercio ilegal como lo indica el articulo 7 de esta ley, que sanciona con penas de prisión a quienes transporten y distribuyan ilegalmente combustibles derivados del petróleo o sus mezclas.   Se impondrá la pena de prisión de uno a cuatro años, a quien, en el territorio nacional, introduzca, transporte o distribuya combustibles derivados del petróleo o sus mezclas de forma ilegal o sin la debida autorización de RECOPE o del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE).